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La República Bolivariana de Venezuela nuevamente inicia una gesta histórica, revolucionaria y libertaria para la defensa de la soberanía, la independencia nacional y la paz del pueblo. La Historia exige el protagonismo, compromiso y lealtad de los revolucionarios y revolucionarias para que asuman la van- guardia y garantía en la preservación de la paz del país ante las circunstancias actuales.
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lunes, 19 de junio de 2017
DECRETO CONVOCANDO A LA ASAMBLEA NACIONAL CONSTITUYENTE
Decreto N° 2.830
01 de mayo de 2017
NICOLÁS MADURO MOROS
Presidente de la República
En uso de la facultad que me
confiere el artículo 348 de la Constitución de la República Bolivariana de
Venezuela, en concordancia con los artículos 70, 236 numeral 1 y 347 ejusdem;
con la bendición de Dios Todopoderoso, e inspirado en la grandiosa herencia
histórica de nuestros antepasados aborígenes, héroes y heroínas
independentistas, en cuya cúspide está el Padre de la Patria, El Libertador
Simón Bolívar, y con la finalidad primordial de garantizar la preservación de
la paz del país ante las circunstancias sociales, políticas y económicas
actuales, en las que severas amenazas internas y externas de factores
antidemocráticos y de marcada postura antipatria se ciernen sobre su orden
constitucional, considero un deber histórico ineludible convocar una ASAMBLEA
NACIONAL CONSTITUYENTE, tomando como fundamento el proceso popular
constituyente, Legado del Comandante Hugo Chávez, y la Constitución pionera y
fundacional de 1999, para que nuestro pueblo, como Poder Constituyente
Originario, exprese su férrea voluntad y máxima garantía de defensa de los
sagrados derechos y logros sociales conquistados, y que durante mi mandato he
luchado por sostener y profundizar. Por lo que propongo como objetivos
programáticos de la Asamblea Nacional Constituyente:
La paz como necesidad, derecho y
anhelo de la nación, el proceso constituyente es una gran convocatoria a un
diálogo nacional para contener la escalada de violencia política, mediante el
reconocimiento político mutuo y de una reorganización del Estado, que recupere
el principio constitucional de cooperación entre los poderes públicos, como
garantía del pleno funcionamiento del Estado democrático, social, de derecho y
de justicia, superando el actual clima de impunidad.
El perfeccionamiento del sistema
económico nacional hacia la Venezuela Potencia, concibiendo el nuevo modelo de
la economía post petrolera, mixta, productiva, diversificada, integradora, a
partir de la creación de nuevos instrumentos que dinamicen el desarrollo de las
fuerzas productivas, así como la instauración de un nuevo modelo de
distribución transpa-rente que satisfaga plenamente las necesidades de
abastecimiento de la población.
Constitucionalizar las Misiones y
Grandes Misiones Socialistas, desarrollando el Estado democrático, social, de
derecho y de justicia, hacia un Estado de la Suprema Felicidad Social, con el
fin de preservar y ampliar el legado del Comandante Hugo Chávez, en materia del
pleno goce y ejercicio de los derechos sociales para nuestro pueblo.
La ampliación de las competencias
del Sistema de Justicia, para erradicar la impunidad de los delitos,
especialmente aquellos que se cometen contra las personas (homicidios,
secuestro, extorsión, violaciones, violencia de género y contra niños y niñas);
así como de los delitos contra la Patria y la sociedad tales como la
corrupción; el contrabando de extracción; la especulación; el terrorismo; el
narcotráfico; la promoción del odio social y la injerencia extranjera.
Constitucionalización de las
nuevas formas de la democracia participativa y protagónica, a partir del
reconocimiento de los nuevos sujetos del Poder Popular, tales como las Comunas
y Consejos Comunales, Consejos de Trabajadores y Trabajadoras, entre otras
formas de organización de base territorial y social de la población.
La defensa de la soberanía y la
integridad de la nación y protección contra el intervencionismo extranjero,
ampliando las competencias del Estado democrático, social, de derecho y de
justicia para la preservación de la seguridad ciudadana, la garantía del
ejercicio integral de los derechos humanos, la defensa de la independencia, la
paz, la inmunidad, y la soberanía política, económica y territorial de
Venezuela. Así como la promoción de la consolidación de un mundo pluripolar y
multicéntrico que garantice el respeto al derecho y a la seguridad
internacional.
Reivindicación del carácter
pluricultural de la Patria, mediante el desarrollo constitucional de los
valores espirituales que nos permitan reconocernos como venezolanos y
venezolanas, en nuestra diversidad étnica y cultural como garantía de
convivencia pacífica en el presente y hacia el porvenir, vacunándonos contra el
odio social y racial incubado en una minoría de la sociedad.
La garantía del futuro, nuestra
juventud, mediante la inclusión de un capítulo constitucional para consagrar
los derechos de la juventud, tales como el uso libre y consciente de las
tecnologías de información; el derecho a un trabajo digno y liberador de sus
creatividades, la protección a las madres jóvenes; el acceso a una primera
vivienda; y el reconocimiento a la diversidad de sus gustos, estilos y
pensamientos, entre otros.
La preservación de la vida en el
planeta, desarrollando constitucionalmente, con mayor especificidad los
derechos soberanos sobre la protección de nuestra biodiversidad y el desarrollo
de una cultura ecológica en nuestra sociedad.
Invoco al Poder Constituyente
Originario, para que con su profundo espíritu patriótico, conforme una Asamblea
Nacional Constituyente que sea tribuna participativa y protagónica de toda de
nuestra sociedad, donde se exprese la voz de los más diversos sectores
sociales. Una Asamblea Nacional Constituyente, cuya conformación obedezca a la
estructura geopolítica del Estado Federal y Descentralizado, con base en la
unidad política primaria de la organización territorial que nuestra Carta Magna
consagra.
Es deber de la Asamblea Nacional
Constituyente Originaria, garantizar el Estado Social de Derecho y de Justicia,
así como canalizar el clamor popular de quienes hoy exigen que sus derechos,
logros y conquistas gocen del rango constitucional, a cuyo nivel, sin duda
alguna, deben ser elevados, perfeccionando el modelo de desarrollo humanista,
político, jurídico y económico que está contenido y consagrado en nuestra Carta
Magna, por todas estas razones históricas y con el más sagrado compromiso moral
y amoroso que le guardo al pueblo venezolano, tomo la iniciativa constitucional
y exclusiva de convocar, en Consejo de Ministros:
DECRETO
Artículo 1°. En ejercicio de las
atribuciones que me otorga la Constitución de la República Bolivariana de
Venezuela, en su artículo 348 y fundamentado en los artículos 70, 236 numeral 1
y 347 ejusdem, CONVOCO UNA ASAMBLEA NACIONAL CONSTITUYENTE, ciudadana y de
profunda participación popular, para que nuestro Pueblo, como depositario del
Poder Constituyente Originario, con su voz suprema, pueda decidir el futuro de
la Patria, reafirmando los principios de independencia, soberanía, igualdad,
paz, democracia participativa y protagónica, multiétnica y pluricultural.
Artículo 2°. Los y las
integrantes de la Asamblea Nacional Constituyente Originaria serán elegidos o
elegidas en los ámbitos sectoriales y territoriales, bajo la rectoría del
Consejo Nacional Electoral, mediante el voto universal, directo y secreto; con
el interés supremo de preservar y profundizar los valores constitucionales de
libertad, igualdad, justicia e inmunidad de la República y autodeterminación
del pueblo.
Dado en Caracas, al primer día
del mes de mayo de dos mil diecisiete. Años 207° de la Independencia, 158° de
la Federación y 18° de la Revolución Bolivariana.
Ejecútese, (LS.)
NICOLÁS MADURO MOROS
Refrendado
El Vicepresidente Ejecutivo de la
República y Primer Vicepresidente del Consejo de Ministros (L.S.)
TARECK EL AISSAMI
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